El 09 de junio de 2022, el SII publicó la Resolución Ex. SII Nº 53, con el objetivo de instruir a los contribuyentes emisores de boletas electrónicas sobre el término de la obligación de enviar al SII el Resumen de Ventas Diarias.

Esta disposición comienza a contar del 01 de agosto de 2022, debiendo cumplir con el envío de este archivo solo hasta el periodo de julio del presente año.

La obligación no se extingue para periodos anteriores, por lo que aquellos contribuyentes que presenten deudas de periodos anteriores deberán cumplir con su envío.

A contar de la fecha indicada, el Registro de Ventas de los contribuyentes se alimentará de la información contenida en las boletas electrónicas recibidas correctamente en el SII, la cual se actualizará diariamente en la medida que se reciban estos documentos y no del RVD, como se opera actualmente.